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¿Cuál es la duración mínima del contrato de alquiler?

duracion minima del contrato de alquiler

La duración mínima del contrato de alquiler

Como indica el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, la duración mínima del alquiler siempre se pacta libremente por ambas partes. Si es inferior a 3 años de duración, se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el alquiler alcance una duración mínima de 3 años. En ese caso, el inquilino puede avisar con 30 días de antelación como mínimo a la fecha de terminación de contrato para la voluntad de no renovarlo y rescindir el contrato.

Si el contrato es inferior a 3 años, la ley da el derecho a los inquilinos, a solicitar prórrogas anuales hasta llegar a ese punto. El arrendador tendrá la obligación de aceptarlo.

Otras dudas de la duración del contrato de alquiler de vivienda

En algunos casos, no procede la prórroga obligatoria del contrato si, cuando transcurre el primer año de la duración del contrato de alquiler, el arrendador le comunica que tiene necesidad de la vivienda para destinarla a sus familiares en primer grado y por ese motivo, se produce el vencimiento del contrato.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Otros artículos del Capítulo 2, referentes a la duración del contrato

 

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