Imagina que en tu comunidad se decide hacer unas obras del tejado con un coste bastante elevado, por algunos problemas de humedades y tú no estás de acuerdo. Acudes a la junta y votas en contra, pero quieres impugnar el acuerdo porque crees que se puede reparar de otra forma más económica. ¿Se puede impugnar el acuerdo? ¿Se podrían ejecutar las obras, aunque impugnes el acuerdo? En este artículo analizamos todos estos aspectos.
¿En qué casos se puede impugnar un acuerdo de la comunidad?
Los acuerdos de la junta se pueden impugnar en los juzgados en los siguientes casos:
- Cuando son contrarios a las leyes, al título constitutivo de la Propiedad Horizontal o a los estatutos de comunidad o si implican un abuso de derecho.
- Cuando son contrarios a los intereses de la comunidad o son gravemente perjudiciales para uno de los propietarios.
Por ejemplo, la Junta de Propietarios puede aprobar una obra que afecta al piso de un vecino sin el consentimiento de este. En este caso, se podría impugnar el acuerdo.
¿Qué requisitos que tienen que cumplir para poder impugnar un acuerdo de la Junta?
Los requisitos son los siguientes:
- Causa. En primer lugar, la impugnación debe de ser por alguna de las causas que hemos detallado en el apartado anterior.
- Estar al corriente de pago. Además, el propietario que quiera impugnar debe estar al corriente de pago de las deudas de la comunidad que estén vencidas en el momento en que se adopte el acuerdo que se va a impugnar, o debe haber consignado el importe de la deuda.
- Plazo. El plazo para impugnar es de 1 año o de 3 meses en función del supuesto:
- Será de un año si se trata de acuerdos contrarios a las leyes, al título constitutivo o a los estatutos, o suponen un abuso de derecho.
- Será de tres meses si es un acuerdo contrario a los intereses de la comunidad o gravemente perjudicial para uno de los propietarios.
El plazo se cuenta desde la notificación del acta de la comunidad o del anexo del acta, según cada caso. Este dato es importante porque no se cuenta el plazo desde la fecha de la reunión.
Preguntas frecuentes sobre la impugnación de acuerdos de la junta
Respondemos a las dudas más habituales:
¿Cómo hay que votar para poder impugnar el acuerdo de la junta?
Se debe votar en contra del acuerdo si se está presente en la junta.
¿Qué ocurre si estuve ausente en la junta?
Si no pudiste acudir a la junta y estás en contra de uno de los acuerdos adoptados, deberás manifestar tu oposición por escrito.
¿Qué ocurre si tengo deudas con la comunidad?
En este caso no podrás impugnar el acuerdo porque debes estar al corriente de pago de todas las deudas con la comunidad o haber consignado el importe de esas deudas.
¿Si impugno el acuerdo se paraliza la ejecución de ese acuerdo?
No, el acuerdo se ejecutará, pero el juez puede establecer medidas cautelares y decidir que se suspenda el acuerdo.
¿Qué procedimiento hay que seguir para impugnar el acuerdo de la junta?
Hay que seguir varios casos:
- Votar en contra o manifestar la oposición, cumpliendo los requisitos que hemos visto.
- Revisar la normativa aplicable: la Ley de Propiedad horizontal de Cataluña, el título de Constitución de la Propiedad Horizontal y los estatutos de comunidad.
- Buscar asesoramiento legal de un abogado experto en comunidades de propietarios.
- Intentar un acuerdo con la comunidad para resolver el problema de forma extrajudicial. Este paso es fundamental para que se pueda presentar la demanda tras la reforma de la ley y el establecimiento de los MASC (medios adecuados de solución de controversias).
- Presentar, si existe viabilidad, una demanda ante el juzgado del lugar donde se encuentre el inmueble para impugnar el acta. En la demanda se le podrían solicitar al juez medidas cautelares para evitar que la ejecución del acuerdo produzca un perjuicio grave.
¿Qué tipos de acuerdos pueden ser abusivos en una comunidad de propietarios?
Hay varios tipos de acuerdos en las comunidades de propietarios que son susceptibles de impugnación. Vamos a ver varios ejemplos:
- Aprobación de una derrama excesiva para una obra que beneficia solo a algunos propietarios.
- Limitación del uso de zonas comunes como el jardín o la piscina a ciertos propietarios sin justificar la restricción.
- Prohibir los alquileres turísticos sin tener el quórum necesario que establece la ley.
- Obligar a los propietarios a hacer obras en sus propios pisos sin que exista ninguna justificación.
¿Qué es el abuso de derecho en una comunidad de propietarios?
El abuso de derecho consiste en usar de forma indebida un derecho de la comunidad de propietarios de forma que se perjudica a otro propietario. Veamos varios ejemplos:
- Un vecino ve rechazada la autorización para hacer obras en su piso o le obligan a revertirlas cuando ya hay vecinos que han hecho obras similares.
- Uso de zonas comunes para usos privativos. Por ejemplo, un vecino que utiliza los descansillos para dejar bolsas de basura, sus zapatos o una bicicleta. Son casos que producen malestar entre los vecinos porque se utilizan zonas comunes como si fueran privativas.
- Colocación del ascensor en un patio perjudicando a un vecino puesto que le priva de una parte de su propiedad.
¿Cuánto cuesta impugnar un acuerdo?
Es difícil saberlo porque hay que valorar si se necesitan informes periciales o qué importe tienen los honorarios de abogado y procurador que intervengan en el asunto.
¿Cómo consigo una copia de los Estatutos de Comunidad?
Puedes solicitarlos en el Registro de la Propiedad que corresponda al edificio o pedir una copia al administrador o al presidente de la comunidad. Es fundamental analizarlos antes de impugnar un acuerdo de la junta para saber si se han incumplido con un acuerdo y si es posible la impugnación.
Tal y como hemos visto, la impugnación de acuerdos de la junta de vecinos es posible siempre y cuando se cumplan los requisitos.
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