[Actualizado el 19 de noviembre de 2025 con datos actualizados y contrastados]
Si eres arrendador y, una vez transcurridos 5 años de contrato o 7 si eres una empresa, haces mejoras en la vivienda, tendrás derecho a elevar la renta. A continuación, vamos a analizar lo que dice el artículo 19 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) sobre la subida de renta en estos casos y en qué condiciones se puede hacer.
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Toggle¿Qué dice el artículo 19 LAU sobre el incremento de la renta por obras de mejora?
El artículo 19 de la LAU establece lo siguiente:
- Si el arrendador realiza obras de mejora, una vez transcurridos 5 o 7 años del contrato, podrá elevar la renta anual.
- El importe del aumento se calculará aplicando al capital invertido en la reforma el interés legal del dinero que haya en el momento en que se terminen las obras más 3 puntos.
- El límite del aumento es el 20% de la renta vigente para el contrato.
- Si el arrendador ha recibido subvenciones públicas para hacer la obra, ese importe se debe deducir.
- Si la reforma se ha hecho sobre varios pisos de un edificio dividido como propiedad horizontal, el coste de la reforma se debe repartir proporcionalmente según las cuotas de participación de cada piso.
- Para poder elevar la renta hay que preavisar al inquilino e informarle del importe, así de cómo se han hecho los cálculos. La notificación debe ser por escrito y deberá acompañarse con las copias de los documentos que acrediten el coste de la obra.
- La elevación de la renta será efectiva en el mes siguiente al de la notificación.
¿Se pueden hacer obras de mejora en cualquier momento?
El artículo 19 de la LAU contempla el caso de que haya un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario y se puedan realizar obras en cualquier momento desde el inicio del contrato de alquiler.
En este caso también se puede elevar la renta y esto no implicará la interrupción de la prórroga obligatoria del contrato. Es importante recordar que como el arrendador tiene el deber de conservación y mantenimiento de las condiciones de habitabilidad, las obras que se hagan deben ir más allá del cumplimiento de esa obligación.
¿Qué requisitos legales se deben cumplir para que se pueda aumentar la renta por obras de mejora?
La consecuencia de la regulación del aumento de renta en casos de obra de mejora es que se deben cumplir varios requisitos para que se pueda aplicar:
- Que no haya ningún pacto entre arrendador y arrendatario en el contrato que establezca que no se puede incrementar el alquiler por mejoras.
- El contrato de arrendamiento debe haber superado los 5 o 7 primeros años de duración, salvo la excepción que hemos visto.
- La subida está limitada al 20% de la renta vigente.
- Se debe notificar al arrendatario la subida con un mes de antelación respecto al mes en el que será efectiva la subida y por escrito.
- Se deberá justificar el coste de las obras.
Tal y como hemos visto la subida de renta por mejoras es una posibilidad prevista en la LAU que los arrendadores deben conocer.
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Otros artículos del capítulo 3, en referencia a la renta
- Artículo 17. Determinación de la renta.
- Artículo 18. Actualización de la renta.
- Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales.
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