Actualmente, existen muchos conceptos y términos de los cuales conocemos su significado, pero llegado el momento nos encontramos con muchos trámites, gestiones y documentos que, seguramente, no sabremos cómo resolver o cómo gestionar en el día a día. Concretamente, desde Bourgeois Fincas queremos explicarte qué es una herencia, en qué consiste y, sobre todo, cómo tramitar una herencia.
Una herencia es un trámite que se realiza para poder hacer una transmisión de bienes como por ejemplo un inmueble, derechos o incluso obligaciones que puede adquirir una persona debido al fallecimiento de su anterior propietario.
Tras haber explicado brevemente en qué consiste una herencia, explicaremos y comentaremos los diferentes pasos que se deben seguir para poder tramitar una herencia:
El primer paso que debes efectuar si quieres tramitar una herencia es obtener los certificados correspondientes. Para ello, deberás solicitar los documentos oficiales, los cuales necesitarás durante todo el procedimiento. Entre todos los documentos necesarios, destacan 3:
Como hemos comentado anteriormente, a través del certificado de Últimas Voluntades se conoce si la persona ha expresado sus últimas voluntades a través de un testamento. Si es así, tras haber recopilado la documentación necesaria, se deberá acudir a la notaría donde se realizó este testamento para, así, recoger la copia autorizada.
Para poder realizar este segundo paso, será necesario haber hecho el anterior, ya que se deberán aportar también los dos certificados comentados previamente.
Es importante destacar que en el caso de que la persona fallecida no hubiese declarado ningún testamento, se deberá realizar lo que se conoce como declaración de herederos, la cual se tramita ante una notaría aportando los documentos que indiquen.
Para poder proceder con la repartición entre los diferentes herederos, será necesario hacer un previo inventario de todos los bienes, derechos y deudas. Para ello, será indispensable también solicitar los certificados de catastro, de saldos bancarios o aquellos documentos que acrediten alguno de los derechos del testamento.
Finalmente, se deberá tramitar y pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), el cual se aplica una vez que se haya recibido una herencia o una donación en vida. La cuantía de este impuesto está determinada por cada Comunidad Autónoma y, por lo tanto, puede variar en función de la residencia del fallecido. Es importante destacar que el ISD se debe pagar en un plazo máximo de seis meses tras el fallecimiento.
También se deberá liquidar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o “Plusvalía”) en el ayuntamiento que donde esté ubicado el inmueble heredado.
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