En cuanto a seguridad de construcciones de vivienda, residenciales o no, la Inspección Técnica de Edificios es un informe obligatorio y de vital importancia. En este artículo te indicaremos en qué consiste y toda la información que necesitas para que este término quede claro.
La Inspección Técnica de Edificios, o ITE, es un informe técnico de carácter obligatorio que se realiza a edificios con ciertos años de antigüedad.
Se realiza para poder constatar la condiciones de eficiencia energética, habitabilidad, seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público en las que se encuentra la construcción y si se encuentra dentro de los parámetros establecidos por la ley.
Para ello, se realiza una inspección técnica de edificaciones, visualizando su estado de conservación, desperfectos, posibles causas y las mejoras o reparaciones que se deben realizar para que las deficiencias sean solventadas.
La ITE es realizada por técnicos especializados como ingenieros, aparejadores y arquitectos técnicos competentes. Ellos son los encargados de otorgar el certificado acreditando que el edificio cumple con las condiciones de seguridad.
En una inspección técnica de edificios se observan, analizan y evalúan los siguientes aspectos:
Generalmente, la primera inspección se debe realizar cuando hayan pasado entre los 45 y 50 años desde la construcción del edificio. Una vez pasada esta franja de años, se debe renovar obligatoriamente cada diez años.
Concretamente, en Cataluña, y con la excepción de la ciudad de Manresa, la inspección debe realizarse cuando la vivienda supera los 45 años de antigüedad y ser posteriormente renovada cada 10 años.
En el caso de la ciudad de Manresa, la primera ITE debe realizarse cuando el edificio tenga una antigüedad superior o igual a los 40 años. La ITE en Manresa tiene una validez de 5 años para aquellos edificios que superan los 100 años y una validez de 10 años para aquellos entre 40 y 99 años de antigüedad.
Existen tres casos distintos en el supuesto de no pasar la ITE, diferenciados por la gravedad de las deficiencias que haya en el edificio:
En cualquiera de estos casos, tras la ITE, se deben realizar todas las reformas pertinentes para solucionar estas deficiencias.
Sí. La Inspección Técnica de Edificios (ITE) en Cataluña es obligatoria y regulada por el Real Decreto Ley 8/2011 del 1 de julio. No hacer este trámite puede suponer una sanción económica importante.
En Cataluña el incumplimiento de realizar la ITE es considerada una falta grave ante la Ley por lo que la multa puede llegar a ser desde los 9.000 hasta los 90.000 euros.
El precio de la ITE depende de varios factores como la Comunidad Autónoma donde se encuentra el edificio, el tipo de edificio que sea (vivienda, oficina, comercial), su antigüedad y características. Por esta razón es de vital importancia pedir el precio a profesionales cualificados que ofrezcan cifras ajustadas a cada caso particular.
Por lo general, el precio es el siguiente:
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