Existe un método alternativo a la herencia para entregar y traspasar bienes a familiares o amigos cercanos — la donación en vida. Estos bienes pueden tratarse de una casa (o vivienda) o un bien mueble como lo es el dinero. En todo caso, existen diferentes tipos de donaciones en vida, impuestos y diferencias con la herencia. Lo veremos a continuación.
La donación en vida o ‘’inter vivos’’ es un acuerdo voluntario en el que una persona traspasa bienes propios a otra persona física o jurídica mediante una donación y de forma gratuita.
En este caso, será necesario que el donatario acepte el traspaso para que la donación produzca sus efectos. Una opción que se puede considerar una alternativa a la herencia.
Existen diferentes tipos de donaciones inter vivo que se puede realizar:
Las donaciones en vida están sujetas a las diferentes exigencias de cada Comunidad Autónoma.
En Cataluña, las donaciones de un inmueble que sea la primera o vivienda habitual del del donador y sea otorgado a sus descendientes, están bonificadas hasta un 95% del valor de dicho inmueble. Puede también recibir una reducción máxima de 60.000 euros que puede acceder a 130.000 euros si los donatarios tienen un nivel de discapacidad igual o superior a 65%
Cabe destacar, que la donación debe realizarse en escritura pública donde se indique que el destino de la donación que se quiera hacer es la vivienda habitual.
En el caso de donaciones en Cataluña, siendo estas en vida y en dinero, se obliga a que la escritura sea otorgada en un plazo máximo de un mes desde haber recibido el dinero. Además, el beneficiario no puede tener más de 36 años, a excepción de que tenga una discapacidad igual o superior a 65%. En cuanto a la declaración de la renta, la base imponible no debe superar los 36.000 euros.
Cabe también destacar que las donaciones en dinero en esta Comunidad Autónoma no se benefician de ninguna reducción fiscal.
Existen diferentes impuestos que la persona que recibe la donación tiene la obligación de pagar. Entre estos impuestos se encuentran los siguientes:
Todas las donaciones se rigen por el impuesto de Sucesiones y Donaciones, incluido el de una vivienda. Dicho esto, cuanto mayor sea la cantidad de la donación, el porcentaje a pagar ascenderá también.
Generalmente, la cuantía puede ir entre el 7,6% para cantidades inferiores a 8.000 euros, para aquellos bienes que superen los 200.000 el porcentaje asciende hasta en un 34%.
Sin embargo, como ya hemos indicado anteriormente, en Cataluña, la donación entre padres e hijos está bonificada. Por ende, las donaciones de viviendas entre personas con este parentesco y con inmuebles ubicados en esta comunidad autónoma, se pueden beneficiar de reducciones.
Cada una de estas modalidades de transmisión de bienes o patrimonio requieren trámites y requisitos específicos.
En una donación, existe un límite de los bienes que se quiera transmitir ya que el donante tiene que tener lo suficiente para su sustento y supervivencia en adecuadas condiciones. En una herencia esta limitación es inexistente ya que se aplica la totalidad del patrimonio.
Otra diferencia a destacar es el momento en el que los receptores tienen acceso al patrimonio transmitido. En una donación se puede realizar en cualquier momento de la vida del donante y recibir la donación de inmediato. Mientras, en una herencia es necesario que se produzca el fallecimiento de la persona que quiera ofrecer sus bienes.
En cuanto a procedimientos administrativos y legales también existen diferencias. En una herencia se pide redactar un testamento indicando la cantidad de bienes que se quiere traspasar y los herederos. En una donación esto no es necesario porque se trata de un acto de liberalidad y voluntario, donde la persona dispone gratuitamente de la donación que realiza de un donante en vida.
A veces surge la duda si donar o dejar en herencia. Por un lado, la donación en vida es mejor cuando se quiere realizar una ayuda directa ya que usando este método, los bienes son entregados de manera inmediata. Esto no ocurre con una herencia, ya que en este caso, el fallecimiento de la persona y el cumplimiento de ciertos trámites de herencia son requeridos.
Además, las donaciones pueden tener mayores beneficios a nivel personal en el caso de que la cantidad de dinero donado sea muy elevada ya que se evitan disputas entre herederos.
Sin embargo, las donaciones no tienen beneficios fiscales como pasa con las herencias. Las herencias son la mejor opción si la transacción se realiza a familiares del grupo I y II, es decir, ascendientes, descendientes y cónyuges. Además, sale más rentable cuando el valor de la donación es inferior a 500.000 euros. Si la cifra supera ese límite, podría valorarse una donación en vida ya que cuanto menor sea el número de herederos y mayor cantidad sea la donación, la donación será de mejor conveniencia que la herencia.
No obstante, hay que tener en cuenta de que hay situaciones patrimoniales específicas que van a requerir del asesoramiento de un profesional experto para poder determinar si es mejor una herencia o una donación en vida.
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