
Una vez finaliza el contrato de alquiler de una vivienda, es el deber y responsabilidad del arrendador devolver la fianza total al arrendatario. La fianza es un soporte económico que sirve como garantía del cumplimiento correcto de los términos del contrato por parte del arrendatario. Esta deberá ser depositada en el organismo competente que sea designado por cada comunidad autónoma por el arrendador.
A continuación, profundizaremos sobre cómo recuperar esta fianza paso a paso, motivos para no recuperarla, información sobre la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos y respuestas a algunas preguntas de interés.
Índice de contenidos
¿Cómo recuperar la fianza de un alquiler?
Si quieres recuperar la fianza de alquiler con éxito, te recomendamos seguir los siguientes pasos:
Paso 1 – Hacer las cosas bien desde el día 1
Este primer paso es el más importante ya que el propietario puede no devolver la fianza si el inquilino incumple sus responsabilidades. Por esta razón, desde el momento en que se entregan las llaves, se debe cumplir con el contrato, conservar el estado de la vivienda e inmuebles que haya en ella y que el pago del arriendo esté siempre al día.
Paso 2 – Avisar con antelación del fin del arrendamiento
Es de vital importancia informar al arrendatario que se quiere poner fin al alquiler como mínimo un mes de antelación de la fecha en la que se quiere realizar la entrega de llaves. Esto está indicado en el artículo 9.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, Se aconseja que este aviso sea realizado por escrito para que quede constancia de ello.
Paso 3 – Reclamar la fianza tras la entrega de llaves
Si como arrendatario se ha cumplido con todas las obligaciones contractuales, se puede proceder con la reclamación la devolución de fianza al propietario. Se recomienda hacerlo mediante una llamada telefónica, un correo o un burofax para que quede constancia escrita. Bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos, si el propietario tarda más de 30 días en pagar la fianza desde la terminación del contrato, tiene que abonar los intereses legales correspondientes.
Paso 4 – Reclamar fianza mediante juicio
En el caso de que el propietario se niegue a devolver la fianza de alquiler a pesar de haber cumplido con todas las responsabilidades de inquilino y que no haya ningún daño en la propiedad, se puede reclamar mediante un juzgado. Para ello es importante aportar el burofax que hemos mencionado en el paso anterior, este documento permitirá acreditar el envío de la reclamación de la fianza del arrendamiento.
Si el alquiler no supera los 6.000 €, el juicio será verbal y si el alquiler no supera los 2.000 euros es posible presentarse sin un abogado o procurador. Si por el contrario, el alquiler supera los 6.000 € es posible que se realice un juicio ordinario donde la resolución no será obtenida en el momento como ocurre con el verbal.
Motivos para no devolver la fianza
Existen varios motivos por los cuales es posible que el arrendador pierda el derecho de recibir la fianza de vuelta, las vemos a continuación:
- Falta de pago de mensualidad: Esta es una de las principales razones para el impago de fianzas. Si el arrendatario deja de pagar el alquiler, el contrato de arrendamiento no tiene por qué seguir y es posible perder la fianza.
- Daños a la propiedad: Esta es otra de las razones más comunes y el principal motivo de no devolver una fianza. Si el propietario observa desperfectos en la propiedad que no han estado antes de la contratación del alquiler, se consideran daños a la propiedad. Esto incluye paredes rayadas, electrodomésticos averiados, muebles dañados, etc.
- Falta de mantenimiento de la propiedad: Es necesario devolver la vivienda en buenas condiciones y limpia. Si se devuelve una vivienda sucia, puede ser motivo para no devolver la fianza porque se necesitará el uso de ese dinero para contratar un servicio de limpieza. Lo que implica que automáticamente se pierda el derecho de ese dinero.
- Realización de obras sin permiso: Si se realizan cambios a la vivienda sin el consentimiento del propietario, es un motivo válido para no pagar la fianza. Esto incluye obras en los techos, paredes, suelos, muebles, etc.
Fianza en la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos
En la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos la fianza, y dentro del Artículo 36 de la LAU, la cual va dirigida a la fianza se establecen los siguientes puntos:
- Es obligatoria la fianza en metálico y será equivalente a una mensualidad de renta si se trata de una vivienda habitual o de dos mensualidades si se trata un uso distinto a la vivienda como oficinas, locales, etc. Toda cantidad de dinero que esté por encima de esos límites no formarán parte de la fianza sino que serán recogidas en el contrato bajo el concepto de ‘’garantía adicional «. Si la fianza no se paga, es motivo para pedir judicialmente la finalización del contrato.
- Durante los primeros 5 años de contrato el importe de la fianza no se puede incrementar, aún si la renta se vaya actualizando en base al IPC. Pasado este periodo de tiempo y si el contrato de arrendamiento se prorroga, se puede actualizar la fianza coincidiendo con la renta existente.
- En este Artículo no se establece que sea una obligación para el propietario devolver la fianza en 30 días tras la finalización del contrato. Pero, se establece que si después de este periodo de tiempo no lo hace, se devengará el interés legal del saldo para que la fianza en metálico que deba ser restituido, se cubra. Es decir, el propietario deberá pagar intereses.
Algunas preguntas frecuentes sobre la fianza
¿Vale la pena reclamar la fianza?
Sí. Una fianza equivale a una mensualidad de renta de alquiler, y la cantidad puede ascender si hay garantías adicionales, por lo que su recuperación puede ser un tema de preocupación para los inquilinos. Por lo tanto, puede servir como una buena ayuda para poder establecerse en una nueva vivienda.
¿Cuándo se devuelve la fianza de un alquiler?
Se devuelve la fianza una vez se entreguen las llaves de la vivienda en la fecha que se haya acordado en el contrato.
¿Cuánto tiempo tiene el casero para devolver la fianza?
El plazo para devolver la fianza de un alquiler es de 1 mes tras la entrega de llaves. El propietario tiene 30 días para examinar el estado de la vivienda y, si todo está correcto, solicitar y devolver la fianza al inquilino.
¿Me pueden reclamar más dinero que la fianza?
En el caso de que haya desperfectos en la vivienda que necesiten reparación, el propietario puede reclamar la cuantía total de estos al arrendatario, siempre y cuando sean probados. Esta cantidad, dependiendo de las circunstancias de los daños, puede ser superior a la fianza.
¿Cómo reclamar la fianza de un alquiler?
Se puede realizar mediante una llamada telefónica o incluso un correo electrónico. En el caso de que el propietario no conteste, será necesario escribir un burofax para que de esta manera se deje constancia y se pruebe el intento de comunicación.
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